La regulación de las Entidades Colaboradoras de la Administración (ECAs) en Andalucía

Abstract:
La colaboración de los particulares en el ejercicio de funciones públicas mediante las Entidades Colaboradoras de la Administración (ECAs) constituye un fenómeno ya conocido en el Derecho español, si bien, esta realidad no va en detrimento de la actualidad y relevancia del tema, habida cuenta de que su implantación y desarrollo es cada vez mayor, en sectores bien diversos y en todo el territorio del Estado. Este crecimiento, ciertamente exponencial, pero en cualquier caso de tipo sectorial, no ha traído consigo una regulación general a nivel estatal. Las normas existentes son, en su mayoría, sectoriales, y la regulación de las ECAs puede calificarse de desigual en nuestro país. No obstante, existen Comunidades Autónomas que sí han desarrollado una regulación propia. Es el caso de Cataluña, que regula sus entidades colaboradoras, en lo que hace al ejercicio de funciones de inspección y control, en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. Esta regulación desigual de las ECAs en nuestro Estado hace que sea necesario estudiar el caso de cada Comunidad Autónoma, abordando sus singularidades. En el trabajo que aquí se propone se analizará el caso de Andalucía. Para ello se llevará a cabo una doble aproximación al caso: 1) Por un lado, se realizará una investigación acerca de la implantación de las ECAs en la Comunidad Autónoma andaluza, a fin de poder valorar hasta qué punto está extendido el recurso a la colaboración de estas entidades con las instituciones públicas de Andalucía, identificando sectores y tipos de ECAs. 2) Por otro lado, se llevará a cabo un análisis de la regulación de las ECAs en Andalucía, verificando si esta es una regulación de tipo general o sectorial. Y, en cualquier caso, determinando las normas aplicables a los distintos tipos de ECAs, y analizando el contenido de las mismas, deteniéndose, en particular, en dos aspectos capitales de su régimen jurídico: el tipo de habilitación normativa que requiere la actuación de la ECA, y la relación entre esta y la Administración titular de la función pública.
Área(s) temática(s):
Año:
2017
Tipo de publicación:
Paper/Extenso Congresos GIGAPP
Palabras clave:
Congreso GIGAPP
Número:
GIGAPP2017
Serie:
VIII Congreso Internacional en Gobierno, Administracion y Politicas Publicas
Dirección:
Madrid, España
Organización:
GIGAPP. Asociación GIGAPP
Mes:
Septiembre
Comentarios:
Propuesta aceptada Ponencia/Comunicacion 2017-34 La colaboracion público-privada en el ejercicio de funciones públicas: las (ECAs)
Hits: 13795