Los ingresos de las Entidades Colaboradoras de la Administración: naturaleza jurídica

Abstract:
Una de las cuestiones más difusas del régimen jurídico de las Entidades Colaboradoras de las Administraciones (ECAs) es la naturaleza jurídica de las “contraprestaciones” que reciben por sus servicios. Dichas ECAs suelen estar autorizadas para cobrar unas “tarifas” o “precios” a los ciudadanos que acuden a ellas. La denominación de la contraprestación que reciben por su actuación varía según su normativa reguladora y en muchos casos las ECAs no son libres para fijarla o pactarla con sus clientes, sino que están en mayor o menor medida intervenidas por la Administración con la que colaboran, bien porque deben comunicarla o bien porque la Administración fija la retribución máxima o mínima que pueden percibir. El objetivo de esta ponencia no es dar una repuesta definitiva a esta cuestión compleja, sino que se limita a recoger algunas muestras de regulación de estos precios o tarifas.
Área(s) temática(s):
Año:
2017
Tipo de publicación:
Paper/Extenso Congresos GIGAPP
Palabras clave:
Congreso GIGAPP
Número:
GIGAPP2017
Serie:
VIII Congreso Internacional en Gobierno, Administracion y Politicas Publicas
Dirección:
Madrid, España
Organización:
GIGAPP. Asociación GIGAPP
Mes:
Septiembre
Comentarios:
Propuesta aceptada Ponencia/Comunicacion 2017-34 La colaboracion público-privada en el ejercicio de funciones públicas: las (ECAs)
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