El Derecho administrativo y la prevención de la corrupción urbanística

Oscar Capdeferro Villagrasa,
Abstract:
La corrupción pública en España ha tendido a concentrarse, en buena medida, en el sector urbanístico durante las últimas décadas. La corrupción supone una frontal oposición a la configuración constitucional de la Administración pública, e implica un significante coste económico y social. Por cuanto respecta a las consecuencias en el urbanismo, este fenómeno ha contribuido a que, en ocasiones, la administración actúe de forma manifiestamente ilegal en el ejercicio de la función urbanística, instaurando un «modelo de desarrollo insostenible» que ha terminado por dañar muy seriamente espacios de gran valor medioambiental, sobre todo en los municipios del litoral. De acuerdo con el principal material bibliográfico y jurisprudencial disponible: A) La corrupción pública en general, y la urbanística en particular, es, aunque extendido, un fenómeno relativamente poco frecuente y que salvo en casos muy excepcionales no forma parte del funcionamiento habitual de los poderes públicos; B) La corrupción pública en general es, esencialmente, la corrupción de los políticos, mucho más que la corrupción de los empleados públicos profesionales; C) La debilidad de las instituciones españolas para combatir la corrupción no radica en la falta de instrumentos jurídico-formales, sino en la efectividad de los mismos en la práctica; D) La corrupción urbanística está causada, en todo caso, por la concurrencia de grandes beneficios apropiables por parte de los particulares, un sistema de controles ineficaz y unas sanciones insuficientes, acompañado de una falta de adecuación del comportamiento individual de los cargos y empleados públicos a la ética pública. En ocasiones, algunas causas adicionales se añaden, como la complejidad normativa propia del sector urbanístico; E) Los ámbitos de la actividad pública urbanística donde hasta el momento han concurrido los mayores riesgos de corrupción son la planificación, el otorgamiento de licencias y el ejercicio de la disciplina urbanística. Los jueces ya han dado firmes pasos al frente en la lucha contra la corrupción, mediante novedosas y convenientes interpretaciones jurisprudenciales. Sin embargo, queda todavía un camino que recorrer con un enorme potencial: el de la prevención del fenómeno, y en él, el Derecho administrativo y el personal de las Administraciones públicas están llamados a desarrollar un papel fundamental. En base a las características de la corrupción urbanística, proponemos las siguientes líneas de prevención: A) La identificación y gestión continuas de los riesgos de corrupción, especialmente en las áreas sometidas a mayores riesgos; B) El refuerzo de la intervención de los funcionarios con habilitación de carácter nacional en las áreas sometidas a mayores riesgos de corrupción, y el refuerzo de su imparcialidad; C) El impulso de las medidas cautelares en sede judicial; D) La formación ética basada en códigos de conducta que contemplen específicamente cómo afrontar las situaciones en que pueda concurrir algún riesgo de corrupción, y se dote a un ente con medios materiales y personales suficientes como para poder impartir sesiones formativas en cuestiones éticas relacionadas con la prestación de servicios urbanísticos.
Área(s) temática(s):
Año:
2016
Tipo de publicación:
Paper/Extenso Congresos GIGAPP
Número:
2016-389
Serie:
VII Congreso Internacional en Gobierno, Administración y Politicas Públicas. GIGAPP 03-05 octubre 2016.
Dirección:
Madrid, España
Organización:
GIGAPP. Asociación Grupo de Investigacion en Gobierno, Administración y Políticas Públicas
Mes:
Octubre
Comentarios:
La monografía presentada será publicada por la editorial jurídica Marcial Pons en el período junio/julio. Se trata de una actualización y reducción de la tesis doctoral del mismo título.
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